Cada día recibimos preguntas de todo tipo.
¿Cómo patentar una idea? ¿Cuánto cuesta patentar un invento?… y muchas más.
Nos encanta que nos pregunten, porque así podemos ayudar a los inventores con las mejores respuestas.
No obstante, de vez en cuando nos hacen una pregunta que nos deja pensando: “Si me deniegan la patente, ¿me devolvéis lo que he pagado?”
No nos molesta en absoluto. Es normal que alguien que no conoce cómo funcionan las patentes llegue a cuestionarse esto.
Y como entender este concepto es tan importante, hoy lo explico.
Hay muchos casos en los que eso de “devolver el dinero” tiene todo el sentido del mundo:
- Si compras un producto y te entregan otro distinto.
- Si llevas el coche al taller y no lo reparan.
- Si llamas al fontanero y la fuga sigue tirando agua como si no hubiera un mañana.
Hasta aquí, todos de acuerdo.
Pero en los temas jurídicos, la cosa funciona de otra manera.
Cuando contratas a un abogado para que te defienda, él te cobra.
¿Pero por qué te cobra? Por asesorarte, redactar escritos, presentar documentación, comparecer ante un juez…
La decisión final la toma el juez. Y depende única y exclusivamente de él, no del abogado.
Por eso, el abogado cobra por hacer su trabajo, no por el resultado que no está en sus manos.
En patentes pasa algo muy parecido.
Como agencia de patentes, nosotros (y todas las agencias del mundo) cobramos por asesorarte, redactar documentos, presentarlos correctamente y acompañarte durante el proceso.
Pero no cobramos, ni podemos cobrar, por la decisión final que tomará el examinador de la Oficina de Patentes.
¿Por qué?
Porque aunque hagamos nuestro trabajo de la mejor forma posible (y créeme que lo hacemos), la última palabra no la tenemos nosotros.
No se puede devolver un dinero cuando el trabajo para el que se nos contrató se ha realizado exactamente como corresponde.
Además, las oficinas de patentes tampoco devuelven las tasas oficiales, ni siquiera cuando una patente es denegada.
Nosotros cobramos por hacer nuestra parte. Y la hacemos excepcionalmente bien. Que el expediente sea concedido o denegado depende solo del examinador.
¿Es justo? ¿No lo es? Para mí, sí lo es.
Y aunque otros puedan pensar lo contrario, lo cual es totalmente respetable, así funciona en España, en China, en el Congo, en Guatemala… y en todo el mundo.
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